¿Cuándo se cobra el aguinaldo en Argentina?
Fechas de pago del Sueldo Anual Complementario (SAC) según la Ley de Contrato de Trabajo.
Próximo aguinaldo — Primera cuota 2026
30 de junio de 2026
Faltan 105 días
Fechas legales de pago del aguinaldo
En Argentina, el aguinaldo se divide en dos cuotas anuales según el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT 20.744):
- Primera cuota: se paga el último día hábil de junio. Corresponde al mejor sueldo del primer semestre (enero a junio).
- Segunda cuota: se paga el 18 de diciembre. Corresponde al mejor sueldo del segundo semestre (julio a diciembre).
Tolerancia en el plazo de pago
La ley otorga a los empleadores una tolerancia de hasta 4 días hábiles posteriores a la fecha límite. Esto significa que, en la práctica:
- La primera cuota puede pagarse hasta los primeros días hábiles de julio.
- La segunda cuota puede pagarse hasta el 22 o 23 de diciembre, dependiendo del calendario.
Pasado ese plazo, el empleador entra en mora automática y el trabajador puede reclamar intereses.
¿Qué pasa si no me pagan el aguinaldo?
Si tu empleador no deposita el aguinaldo dentro del plazo legal (incluida la tolerancia de 4 días hábiles), tenés varias opciones:
- Intimar por escrito: Enviá un telegrama laboral gratuito (en el correo argentino) intimando al pago en un plazo de 48 horas. Esto deja constancia legal del reclamo.
- Reclamo ante el Ministerio de Trabajo: Podés iniciar una audiencia de conciliación obligatoria (SECLO en CABA, o el organismo provincial correspondiente).
- Multas para el empleador: La falta de pago en término puede derivar en multas según la Ley 25.323 (duplicación de indemnizaciones en caso de despido) y sanciones administrativas.
- Considerarse despedido: En casos graves y reiterados de incumplimiento, el trabajador puede considerarse despedido por culpa del empleador (despido indirecto) y reclamar indemnización completa.
Artículo 122 de la LCT — Texto clave
“El sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el treinta de junio y la segunda el dieciocho de diciembre de cada año.”
Esta disposición es de orden público, lo que significa que no puede ser modificada por convenio colectivo ni por acuerdo individual en perjuicio del trabajador.
¿Quiénes cobran aguinaldo?
Todos los trabajadores en relación de dependencia, sin importar la modalidad de contratación (tiempo completo, parcial, eventual, temporada). También lo cobran:
- Empleados públicos nacionales, provinciales y municipales.
- Trabajadores de casas particulares (servicio doméstico).
- Jubilados y pensionados (por ANSES).
No cobran aguinaldo: los monotributistas, autónomos y trabajadores independientes.
Calculá tu aguinaldo
Usá nuestra calculadora de aguinaldo para saber exactamente cuánto te corresponde cobrar este semestre. También podés consultar cómo se calcula el aguinaldo paso a paso o ver las fechas y novedades del aguinaldo 2026.